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Altos cargos

Retribuciones anuales, indemnizaciones percibidas y autorizaciones concedidas para ejercer una actividad privada tras el cese

Las resoluciones de compatibilidad tras el cese, así como las retribuciones percibidas anualmente por el alcalde y los concejales del Ayuntamiento de Cangas de Onís.  Igualmente, se harán públicas las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo.

Declaraciones de altos cargos.

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local , en su artículo 75.5 señala que deberán publicarse íntegramente en el "Boletín Oficial" de la Provincia y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, indemnizaciones y asistencias.

 

Y, en el apartado 8 del citado artículo 75 se establece que durante los dos años siguientes a la finalización de su mandato, los representantes locales que hayan ostentado responsabilidades ejecutivas en las diferentes áreas en que se organice el gobierno local, les serán de aplicación en el ámbito territorial de su competencia las limitaciones al ejercicio de actividades privadas establecidas en el artículo 8 de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de Regulación de los Conflictos de Intereses de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado. 

A estos efectos, los Ayuntamientos podrán contemplar una compensación económica durante ese periodo para aquéllos que, como consecuencia del régimen de incompatibilidades, no puedan desempeñar su actividad profesional, ni perciban retribuciones económicas por otras actividades.